20.1 C
San Miguel de Tucumán
viernes, marzo 29, 2024
InicioNoticiasDesde enero las publicidades sólo tendrán sus bases y condiciones legales online

Desde enero las publicidades sólo tendrán sus bases y condiciones legales online

La famosa “letra chica” de las publicidades tiene los días contados: en cuestión de semanas los consumidores dejarán de ver y escuchar esas aclaraciones legales en los miles de avisos que cada día difunden los diarios, las revistas, los sitios web, las radios y los canales de televisión del todo el país.

“Promoción sin obligación de compra válida del 10 al 24 de diciembre hasta agotar stock de 10.000 unidades en sucursales de todo el país a excepción de las ubicadas en la provincia de Córdoba”. “Beneficio exclusivo para consumo familiar, no acumulable con otros descuentos ni con productos de Precios Cuidados”. “El reintegro será efectuado por el banco y podrá reflejarse hasta en tres resúmenes posteriores a la fecha de contratación”.

Textos de ese tipo son los que dejarán de figurar en las publicidades cuando entre en vigencia una resolución de la Secretaría de Comercio -la 915-E/2017- publicada este lunes en el Boletín Oficial. Como la norma comienza a regir a 30 días hábiles de su publicación, eso será el próximo jueves 18 de enero.

Según lo dispuesto, seguirá siendo obligatorio para las empresas redactar y publicar esos extensos textos llenos de especificaciones. Pero ya no habrá obligación de que tengan un espacio en las piezas publicitarias gráficas ni de que sean pronunciadas -como sucede ahora, a toda velocidad- al final de los avisos audiovisuales.

La información legal obligatoria “relativa a las características esenciales de los bienes y servicios que se publicitan, así como también las condiciones de su comercialización, será proporcionada a los consumidores a través de una página web y/o una línea telefónica gratuita”, indica la flamante norma.

La resolución especifica que, si la empresa opta por mudar sus legales a una web, la publicidad deberá remitir al sitio incluyendo la frase: “Para más información consulte en…”.

Mientras, si el medio elegido es una línea 0-800, el aviso deberá decir: “Para más información comuníquese gratuitamente al teléfono…”. Y ese teléfono tendrá que atender a la gente “como mínimo” en los días y horas en los que la empresa ofrezca sus bienes y servicios.

Populares