Tucumán: atención los pescadores, ¿Qué se puede hacer y qué no en esta época del año?

La depredación que sufren los ríos del Sur de la Provincia quedó evidenciada en una serie de videos que se viralizaron esta semana. La advertencia de la Dirección de Flora y Fauna.

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Luego de que se viralizaran las imágenes de un nutrido grupo de personas depredando los ríos Gastona y Medina en el Sur de la Provincia, la Dirección de Flora y Fauna de la Provincia (DFFSyS) advirtió sobre los riesgos de la pesca ilegal y el impacto que tiene en los ecosistemas.
Ante la preocupación que despertaron las imágenes difundidas por el Grupo de Pesca Variada Ojo de Halcón el lunes pasado, desde la oficina gubernamental recordaron a la comunidad en general cuáles son los requisitos que deben cumplir quienes practiquen la pesca deportiva, las especies permitidas para sustraer en esta época del año y las que se deben preservar porque se encuentran en época de apareamiento y reproducción, un momento clave para garantizar su permanencia en los cursos de agua y proteger la biodiversidad de la Provincia.  
La habilitación de pesca deportiva, establecida por Resolución 147/2020 (DFFSyS) el 20 de noviembre de 2020, rige solamente para trucha en ríos y pejerrey en los diques de la ProvinciaDe esta manera, continúa vigente la veda para todas las demás especies que habitan los espejos de agua tucumanos. En este punto, desde Flora y Fauna hicieron especial hincapié en la necesidad conservar al Dorado, una de las especies más buscadas.

Vale oro
La pesca del Dorado (Salminus brasiliensis) se encuentra vedada en este momento del año debido a la importancia que tiene su conservación. “Este tipo de pez es uno de los principales objetos de pesca deportiva en Argentina. Su pesca intensiva, deportiva y comercial -generalmente ilegal- llevó a ejercer controles, estableciendo vedas en época reproductiva y diversas restricciones respecto al tamaño mínimo de las piezas a extraer”, precisaron los especialistas de la DFFSyS en un comunicado. El objetivo de la prohibición es “evitar que la pesca afecte la presencia de alevines y juveniles en los ríos y, en consecuencia, perjudique de manera considerable las descendencias futuras”.
El Dorado puede alcanzar una edad máxima de 14 años, una longitud de 77 centímetros y un peso total de 30 kilos en el caso de las hembras. La primera reproducción se da a los dos años en los machos y a los tres en las hembras, que llegan a desovar 200.000 huevos por año en la época de primavera-verano y abandonan los huevos en sitios de alta hidrodinámica, donde pueden continuar su desarrollo.
“La importancia de conservar esta especie se basa en el largo período que necesita para llegar a la primera madurez sexual y también a la presión de pesca ilegal no selectiva que sufre. Debemos tener en cuenta que, al perder una generación, deben transcurrir cuatro años para que la población se restablezca y nuestros ríos puedan tener nuevamente alevines de esta especie”, destacaron desde la DFFSyS, aunque sin hacer referencia a las denuncias que proliferaron en las redes sociales, en donde pescadores que cuentan con permisos exigieron controles. El Congreso de la Nación Argentina declaró al Dorado como Pez de Interés Nacional (Ley N° 26.021 ) con el fin de lograr la preservación y sustentabilidad de la especie.  Lo que hay que saber
La habilitación de pesca de Trucha y Pejerrey responde a que, desde noviembre, se encuentran dadas las condiciones técnicas para la práctica sobre dichas especies, siempre teniendo en cuenta las disposiciones de circulación y permanencia vinculadas a la pandemia COVID-19 emitidas por las autoridades provinciales y nacionales competentes.
*Al momento de la práctica, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
-Contar con licencia o permiso de pesca al día-Pescar sólo en los horarios permitidos, con luz natural. Queda prohibido el horario nocturno.-Se autoriza la extracción de hasta 6 piezas de trucha y 30 piezas de pejerrey por persona y por jornada de pesca.-La pesca de pejerrey podrá efectuarse desde la orilla y/o embarcados con 1 caña y 2 anzuelos como máximo.-Serán sancionadas las transgresiones a la presente Resolución de acuerdo a lo establecido en la legislación vigente.

Fuente el tucumano