Repro II: cuáles son los requisitos y cómo anotarse en el plan de asistencia para pagar sueldos

Este miércoles arranca la inscripción para el programa que asiste a los sectores afectados por las restricciones de la pandemia

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Empresas y trabajadores independientes, que pertenezcan a actividades afectadas por el confinamiento estricto ante la segunda ola de coronavirus, podrán solicitar desde este miércoles 26 la asistencia estatal para el pago de sueldos, a través del programa de Recuperación Productiva (Repro II).

Para los salarios de mayo, el plan oficial ofrece un monto máximo de $22.000 (hasta ahora $18.000) por cada empleado de los sectores considerados críticos y de la salud.

A los sectores críticos se incorporaron comercios de rubros no esenciales (indumentaria, textiles, cuero, calzado, electrónica, electrodomésticos, muebles y vehículos, entre otros); de ramas esenciales como kioscos, panaderías, heladerías y estaciones de servicio; y también los centros de compras localizados en el AMBA. Al mismo tiempo, la nueva edición del Repro II suma a trabajadores independientes de gastronomía, turismo, transporte, industrias culturales, actividades deportivas y de esparcimiento.

El Estado destinará en este programa alrededor de $58.000 millones, según explicó el presidente Alberto Fernández al anunciar el confinamiento estricto entre el sábado 22 y el domingo 30 de mayo.

La inscripción está abierta hasta el 1° de junio a través de la página de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Los interesados deberán cargar una serie de datos económicos, patrimoniales y financieros, según se trate de una empresa o de un trabajador independiente y el sector al que pertenezca.

El monto de la asistencia es variable según el rubro en que la empresa o trabajador desarrolla sus actividades:

  • Afectados no críticos: hasta $ 9000;
  • Críticos: hasta $12.000 (por disposición transitoria serán $22.000);
  • Sector salud: hasta $22.000.

Entre los requerimientos indispensables figura que todo empleador debe tener actualizados los datos de sus trabajadores en el portal Simplificación Registral de AFIP, en especial las claves bancarias uniformes (CBU) de las cuentas donde les será otorgado el beneficio. La falta de información o error en los datos de los trabajadores, ocasionará la cancelación del pago.

FUENTE: Los primeros tv