La Propiedad Privada y Pública – Caso Rigourd

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A propósito de la relevancia mediática que tomaron en los últimos tiempos las situaciones de usurpaciones en distintos puntos del país y las contundentes medidas judiciales al respecto, ampliamente celebradas en redes sociales y medios que llegaron a titular “Un día feliz para la Argentina”, una aparente sensación de justicia se pudo leer en los distintos  comentarios y publicaciones en esos ámbitos. El supremo derecho de propiedad privada estaba siendo reafirmado con topadoras y fuerza policial… 

Jorge Rigourd, empresario acusado de estafar reiteradamente, sale del penal de Villa Urquiza en la víspera de la Nochebuena
Créditos: La Gaceta

En ese marco y también en estas últimas jornadas, corría la novedad en los casilleros de letrados tucumanos que la Fiscal Rivadeneira, que entiende en la causa de la mega estafa de Jorge Rigourd y compañía, solicita al Juez el sobreseimiento de todos los acusados. A seis años de los sucesos, no habrá juicio que esclarezca lo referido a COFIN S.A., dejando atrás cientos de damnificados, decenas de millones de pesos (de 2014) en el limbo de las suspicacias. Sin dudas que entre los afectados se encontraban personalidades vinculadas a los distintos poderes del estado con importantes depósitos, pero también habría gran cantidad de depositantes jubilados o simples trabajadores que sin ser demasiados sus fondos, correspondían a su único capital. 

La mayor estafa de la historia de Tucumán, como la tituló el sórdido fiscal Herrera, quedaría resuelta de esta manera. La propiedad privada en este caso sutilmente “cedida” y también la Propiedad Pública, cuando entendemos que habría importantes impuestos omitidos de ingresar a las arcas de los Estados Nacional, Provincial y Municipales, generados por estas operatorias y maniobras de apropiación de lo ajeno. Resulta llamativa la escasa indignación y condena social a este tipo de hechos, quizás debido la escasa o nula repercusión mediática o a que son caratulados como “delitos complejos”.  

créditos: La Gaceta

Resultaría oportuno en estos momentos de baja recaudación, que los organismos fiscales como AFIP, DGR, DIM y la UIF, si no lo hicieron, incursionaran en el modo de enriquecimiento de estos sujetos y brindaran elementos que colaboraran con la fiscal y Sistema Judicial en hechos de este tipo. Pero lamentable y casualmente, en materia tributaria la prescripción opera a los 5 años, es decir, a los implicados, en principio, por lo generado hasta el momento del inicio de la causa,  no le serían exigibles la generalidad de los tributos.  

¿Veremos topadoras y fuerza policial yendo a restablecer la propiedad de lo privado y de lo público en estos casos algún día?. 

José Hernán Paredes

Ventana del Norte