Hay 52 candidatos para ser el nuevo Defensor del Pueblo de Tucumán

El 26 de febrero podría conocerse al nuevo encargado de velar por la defensa, protección y promoción de los derechos humanos individuales y colectivos de los tucumanos. La Legislatura designará al próximo ombudsman que estará al frente de la Defensoría del Pueblo los próximos cinco años.

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El martes 9 de febrero venció el plazo de inscripción de postulantes para el cargo de Defensor del Pueblo de Tucumán: en total, 52 tucumanos se inscribieron para estar al frente de la Defensoría del Pueblo los próximos cinco años. Ya rige el plazo para impugnaciones de candidatos y de cumplirse el cronograma previsto, el 26 de febrero podría conocerse si Fernando Said Juri Debo es ratificado por la Legislatura o si le designa un nuevo ombudsman.
“El Defensor del Pueblo tiene a su cargo velar por la defensa, protección y promoción de los derechos humanos y demás derechos e intereses individuales, colectivos y difusos tutelados en la Constitución de la Provincia, la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y las Leyes, frente a los actos, hechos u omisiones de la Administración Pública provincial y municipal, o de prestadores de servicios públicos, siendo todas sus actuaciones gratuitas para el ciudadano. Además, deberá velar por el buen orden, decoro y regularidad de la Administración Pública, por la dignidad de la función pública y por la respetabilidad de las autoridades administrativas, funcionarios, agentes y de cualquier persona que actúe al servicio de la Administración Pública centralizada, descentralizada y autárquica”.
Entre el 3 y el 9 de febrero se han inscripto 52 tucumanos para ocupar el cargo: los requisitos eran ser ciudadano natural en ejercicio o legal de dos años; mayor de 25 años; domiciliado en la provincia en forma ininterrumpida por lo menos de dos años; y algunas incompatibilidades como afiliación política partidaria.
Desde mañana y hasta el 17 (teniendo en cuenta el feriado de carnaval) rige el plazo para las impugnaciones; entre el 18 y 22 hay tres días hábiles para el traslado y el mismo plazo tendrá entre el 23, 24 y 25 del corriente la comisión de Asuntos Constitucionales y Peticiones y Acuerdos de la Legislatura de Tucumán; desde el 26, el parlamento tucumano podrá designar al nuevo Defensor del Pueblo.
Estas son las competencias del Defensor del Pueblo
“Dentro del concepto de Administración Pública provincial, a los efectos de la presente Ley quedan comprendidas la administración centralizada y descentralizada, entidades autárquicas, empresas del Estado, sociedades del Estado, sociedades de economía mixta; sociedades con participación estatal mayoritaria; y todo otro organismo del Estado Provincial cualquiera fuere su naturaleza jurídica, denominación, ley especial que pudiera regirlo, o lugar donde preste su servicio.
Quedan comprendidas dentro de la competencia de la Defensoría del Pueblo, las personas jurídicas públicas no estatales que ejerzan prerrogativas públicas y las privadas prestadoras de servicios públicos.
En este caso, y sin perjuicio de las restantes facultades otorgadas por esta Ley, el Defensor del Pueblo puede instar de las autoridades administrativas competentes el ejercicio de las facultades otorgadas por Ley.
 Quedan exceptuados del ámbito de competencia de la Defensoría del Pueblo, el Poder Judicial y el Poder Legislativo”
Objeto
“El Defensor del Pueblo tiene a su cargo velar por la defensa, protección y promoción de los derechos humanos y demás derechos e intereses individuales, colectivos y difusos tutelados en la Constitución de la Provincia, la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y las Leyes, frente a los actos, hechos u omisiones de la Administración Pública provincial y municipal, o de prestadores de servicios públicos, siendo todas sus actuaciones gratuitas para el ciudadano.
 Además, deberá velar por el buen orden, decoro y regularidad de la Administración Pública, por la dignidad de la función pública y por la respetabilidad de las autoridades administrativas, funcionarios, agentes y de cualquier persona que actúe al servicio de la Administración Pública centralizada, descentralizada y autárquica”
Independencia
“Ejerce su función sin recibir instrucciones de autoridad alguna, no está sujeto a mandato imperativo alguno, desempeñando sus funciones con autonomía y conforme a su buen criterio, conciencia y sano juicio, respetando y haciendo cumplir la Ley”.
Los 52 tucumanos que aspiran a ocupar el puesto de ombudsman
Cambera Amelia

Lobo Bougeau

Prospero Martín Guerrero

Aramayo Mario

María Fernanda García

Iván Llorens Dip

Silvan María Marta

Castro Vanesa Raquel

Ibañez Saúl Alberto

Koltan Mario

Rodríguez Julieta

Rossini Paola

Monasterio Arroyo Karina

Monasterio Arroyo Valeria

Selín Lorena Paola

Kassar Francisco Martín

Paz Belén Rocío

Juri Fernando Said

Agenor González Ramón

Del Campo Adriana Marianela

Pereyra Sandra Patricia

Ruiz Antonia Amalia

Morales Ebrahim Gladys

Guardia Victor Hugo

Martinez Edgardo Sebastian

Vega Juan Santos

José Guillermo Rodríguez

Nicolás Juárez Dappe

Eduardo Cobos

María Fernanda Juárez

Ana Raquel Soria

Cesar Ismael Toledo

Miguel Francisco Paz

Julio Roberto Bringas

Daniel Alberto Ponce

Hernán Guillermo Santana Vacas      

Ana Valoy

Víctor Hugo Giudice

Sebastián Arena

Santos Roberto Santana Vacas

Edith Deolinda Guardia

Ramon Víctor Fabio Lastra

Nilda Amalia Medici Paz

María Emilia Saavedra

María Emilia Saab

Ángel Esteban Soria

María Inés Guzmán

Jose E. Garcia

Ana María Rodríguez

Betiana Jiménez

Ana María Bestani

María Priscila Paz

Fuente el tucumano