La Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial Común de San Miguel de Tucumándictaminó un embargo preventivo de bienes personales al empresario inmobiliario Juan de la Cruz Grandi, por el incumplimiento en la entrega de un departamento.
Con esta decisión, la Justicia de la Provincia deja de lado los límites de responsabilidad patrimonial inherentes al fideicomiso y autoriza a la damnificada, Carolina Espeche, a trabar un embargo de $1,8 millón sobre tres vehículos: un Mazda 2008 y dos camionetas (Toyota Hilux 2012 y BMW 2008), estas últimas a nombre de la esposa del empresario, María Inés Jiménez Alegre, según informa La Gaceta.
La Cámara en lo Civil consideró que “correspondía dejar de lados los beneficios de la separación de patrimonios y de la limitación de la responsabilidad de los bienes involucrados en el fideicomiso cuando este instituto haya sido usada para violar la ley o frustrar los derechos de terceros”. Y que, en consecuencia, por el daño causado debían responder en forma directa, solidaria e ilimitada con sus propios peculios quienes habían hecho posible la utilización ilícita de la figura.
Joaquín Olaizola, abogado que representa a otros damnificados por la constructora Grandi, calificó como “positiva” la medida de la Justicia y explicó a eltucumano.compermite accionar contra los responsables de estos fraudes. “Esto es algo bueno, porque cuando una persona acciona en realidad no está accionando contra la empresa o contra ellos ─los dueños─ sino contra el fideicomiso, o sea que uno está perjudicando a las personas que pusieron dinero en el pozo”, aclaró el penalista que luego aseguró: “Que esto se corra es algo positivo porque permite accionar contra los verdaderos responsables”.
Olaizola explicó que el embargo preventivo es una garantía para el futuro resultado del juicio. “Los bienes se inmovilizan, es decir, que no están disponibles hasta que salga el juicio. Si la demandante gana, ella cobra lo que invirtió con esos bienes, que son rematados o no, si el demandado pone el dinero”, detalló el letrado.
Esta resolución, dictada por los camaristas civiles Benjamín Moisá y María del PilarAmenábar, es una luz de esperanza para los damnificados por César Grandi Empresa Constructora SR, que en los últimos años comenzaron litigios civiles y penales con la denuncia de estafa contra la firma.
FUENTE: EL TUCUMANO