El Senado aprobó un proyecto que multará el acoso sexual callejero

La iniciativa redactada por la senadora Silvia Elías de Pérez fue aprobada este jueves, pero dado que recibió cambios, regresa a la cámara de origen. Las multas irán de $3.862 a $19.310.

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El proyecto de ley elaborado por la senadora tucumana Silvia Elías de Pérez, para sancionar el acoso sexual en espacios públicos o privados incorporando esa figura al Código Penal fue aprobado en el Senado con 67 votos afirmativos y uno negativo.

Sin embargo, la propuesta volverá a la Cámara de Diputados para su sanción definitiva, ya que se introdujeron algunos cambios en la redacción del texto.
Se trata de una iniciativa que busca prevenir y combatir el acoso sexual en todos los ámbitos, y que había sido avalada en la Cámara baja en noviembre de 2019. El nuevo texto prevé multas que van de 3.862 pesos a 19.310 pesos, al valor actual.


El único voto en contra fue del cordobés Ernesto Martínez (Pro), quien dijo estar a favor del propósito de la ley pero hizo objeciones técnicas a la redacción, según informó el portal Parlamentario.com.

Entre las modificaciones que se aplicaron, se eliminó la referencia que hacía el proyecto al acoso en “espacios públicos”, ya que “estas actitudes también pueden ser en espacios privados”, como por ejemplo fiestas. “Estamos tipificando la acción, independientemente de que sea en un espacio público o privado”, expuso el presidente de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales, Oscar Parrilli.
Asimismo, en cuanto a la sanción -que será de multa y no de prisión- explicó que “será determinada en valores que no se desajusten con el paso del tiempo, porque ya sabemos lo que ocurre en Argentina con el proceso inflacionario”. Por eso, se tomarán las Unidades de Medida Arancelarias (UMA) utilizadas para los honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia.

Además, los senadores incorporaron el “acoso sexual digital”, y establecieron que en todos los casos el acoso será penado siempre que el hecho no constituya un delito más grave. 

Por su parte, la radical Silvia Elías de Pérez, autora de un proyecto propio, destacó que se trata de “la posibilidad cierta de que el Estado pueda tener un rol activo cuando una persona es acosada en lugares públicos o privados y que esto esté tipificado en el Código Penal”.
La tucumana advirtió que en 2020 se registraron “320 femicidios” y en lo que va de 2021 se produjeron “70”. “Estamos hablando de otra escala de violencia, pero para llegar a esa escala hay una serie de escalones previos que se van transitando, y el mas invisibilizado es este del acoso sexual”.

Además, Elías de Pérez señaló que “hay encuestas que demuestran que la mayoría de las mujeres han sido víctimas de estos acosos sexuales”. 

El proyecto:Según la redacción aprobada este jueves, se incorpora el artículo 129 bis al Código Penal, penalizando a quien “mediante gestos, expresiones, palabras, contacto físico o arrinconamiento no consentido, con connotación sexual, perturbare la dignidad, libertad, integridad física, psicológica, sexual o el libre tránsito de una persona, con motivo del género, orientación sexual, identidad de género o su expresión”.

También se sanciona al que “por medio de comunicaciones electrónicas, telecomunicaciones, plataformas digitales o cualquier otra tecnología de transmisión de datos, contactare a una persona, la perturbare, intimidare u hostigare con connotación sexual, con motivo de género, orientación sexual, identidad de género o su expresión, de modo que altere el normal desarrollo de su vida cotidiana”.

Las multas serán de una a cinco Unidades de Medida Arancelarias (UMA) establecidas por el artículo 19 de la ley 27.423 de Honorarios Profesionales de Abogados, Procuradores Y Auxiliares de la Justicia Nacional o Federal. El valor actual de la UMA es de 3.862 pesos, según la acordada 1/21 de la Corte Suprema de Justicia, dictada en febrero de este año. Si la víctima es menor de 18 años o el autor es funcionario público o miembro de una fuerza de seguridad, policial o penitenciaria, la pena se elevará de cinco a diez Unidades.

En todos los casos, la multa llevará como medida accesoria la obligatoriedad, por parte del condenado, de realizar talleres o encuentros orientados a la educación, concientización y erradicación del acoso sexual y la violencia de género, por un plazo no menor a tres meses. La recaudación obtenida de las multas será destinada a programas de fortalecimiento de los derechos de las mujeres, géneros y diversidad, según determine la reglamentación.

Fuente: el tucumano