La Justicia suspendió el decreto presidencial que limitaba el derecho a huelga, en un fallo que representa un fuerte revés judicial para el Gobierno de Javier Milei. La jueza laboral Moira Fullana aceptó el amparo presentado por la CGT y declaró inconstitucional el DNU 340/2025, norma que ampliaba el listado de servicios esenciales y exigía que, incluso durante una medida de fuerza, se garantizara hasta el 75% del servicio habitual.
La resolución judicial ordena frenar de forma provisoria la aplicación del decreto, mientras se analiza su legalidad en profundidad. La decisión responde a una medida cautelar presentada por la central obrera la semana pasada, en defensa del derecho constitucional a huelga.
El decreto, firmado por Milei el 21 de mayo, exigía que los sectores considerados “esenciales” mantuvieran un 75% de cobertura mínima durante los paros, y un 50% para actividades de “importancia trascendental”. Para la CGT, esta medida implicaba un ataque directo al derecho de protesta y una forma de limitar la acción sindical.
Desde el Gobierno, en cambio, justificaron el decreto como una “garantía de funcionamiento básico para la sociedad”. Sin embargo, el fallo de la jueza Fullana marcó un límite legal a esa interpretación, al considerar que el decreto no cumplía con los requisitos de necesidad y urgencia exigidos por la Constitución.