Así lo afirmó el abogado Juan Pablo Gallego, letrado del nieto de Memo Gray, ahora condenado por la justicia tucumana a 10 años de cárcel por abuso sexual agravado cuya defensa solicitó el privilegio de la prisión domiciliaria. La madre del pequeño, Mónica Gray, fue citada a indagatoria acusada de encubrimiento por la Fiscalía de Instrucción Especializada en Delitos contra la Integridad Sexual.
Un fallo histórico del Poder Judicial de Tucumán, que condenó el 4 de mayo pasado a 10 años de prisión al arquitecto tucumano Guillermo Ernesto “Memo” Gray por abusar sexualmente de su nieto, podría convertirse en un hito, siempre y cuando los jueces Wendy Adela Kassar, María Fernanda Balher y Emilio Páez de la Torre rechacen el pedido de prisión domiciliaria peticionado pocos días después del veredicto por los letrados de la defensa del conocido pederasta. Sujeto que ahora especula con ser privilegiado con el beneficio, a pesar de que lo condenaron a una detención efectiva en la Cárcel de Villa Urquiza.
En concreto, la sentencia condenatorio que puso un punto final a la causa “Gray Guillermo Ernesto s/ Abuso sexual agravado por la convivencia y el parentesco” y fue emitida por la Cámara Conclusional Penal Sala 1, consideró a Gray de 64 años como autor penalmente responsable del delito de abuso sexual agravado por el vínculo y por la relación de convivencia preexistente en perjuicio de su nieto de tres años de edad. Vele recordar que en su intervención la Fiscalía de Cámara Conclusional 1, representada por Marta Ignacia Jeréz, había solicitado 10 años de cárcel, en tanto que la querella peticionaba 18. Sentencia que trascendió en medios nacionales como Infobae y Clarín y que causó conmoción por la sinuoso proceso que estuvo plagado de obstáculos procesales promovidos para garantizar la impunidad del condenado que supo contar con un notorio poder público e influencias en distintos ámbitos de la provincia.
Tras conocerse la solicitud de domiciliaria, Los Primeros consultó con el abogado Juan Pablo Gallego, letrado patrocinante del pequeño, que expresó que la presentación formulada por la defensa de Gray, ex director de Obras Públicas de Tafí del Valle, “a pocos días de haberse escuchado la condena a 10 años de prisión, nada menos que por abusos sexuales contra su nieto, no hace más que poner de manifiesto los concretos riesgos procesales que giran alrededor de la figura del condenado”.

El reconocido especialista en casos de abuso sexual que encabezó la querella contra el cura Julio César Grassi, actuación que lo hizo conocido en nuestro país y en el mundo, explicó: “Precisamente fue motivo de nuestra petición como querella que, al momento de dictarse el veredicto, se dispusiera la inmediata detención con carácter de prisión preventiva. La fiscalía también hizo este pedido y el tribunal, al dictar el veredicto de condena, efectivamente hizo lugar a lo solicitado y además consideró y fundamentó la existencia de los riesgos procesales particularmente de fuga, tanto a lo gravoso de la condena como a los recursos con los que cuenta Gray para sustraerse del proceso”.
“Los jueces no pueden contradicir lo que contemplaron en el veredicto”
Con lo cual, dijo el jurista que es consultor de Unicef, “esto no hace más que mostrar y evidenciar la casi concreción de esos riesgos, traducidos en la intención de sustraer a Gray de las consecuencias de su accionar ilícito. Los jueces no pueden contradecir lo que ellos mismos han contemplado: los riesgos procesales que advirtió la querella y que ahora se ponen de manifiesto con esta presentación”.
De tal manera, el fallo sin precedentes para un caso de esa naturaleza, que sentará doctrina para la jurisprudencia provincial y nacional, y que protagonizó un tribunal tucumano, no debería quedar opacado concediéndole privilegios al pedófilo, que podría lesionar, aún más, a la víctima del delito que comenzó a ver la luz tras años de sufrimiento con la condena de su abuelo.
La excepcionalidad del beneficio de la prisión domiciliaria no es pertinente al caso de Gray, ya que la sentencia determina prisión efectiva y establece la peligrosidad del condenado que tiene el suficiente poder económico y familiares en varios países incluidos Brasil y Estados Unidos, razón por la cual existe un peligro real de fuga, más aun teniendo en cuenta que huyendo le quedan alternativas comunicacionales con el pequeño abusado y otros menores.
En el expediente consta la pericia médico legal desarrollada por el perito Pascual Rousse que comprobó las lesiones en las partes íntimas del niño. De hecho, un profesional de la psicología definió a Gray como un “psicópata perverso anti social y con tendencia a manipular conflictivamente con la sexualidad y egocéntrico”.
Cualquier decisión contraria a ello, implicará un retroceso judicial en una causa que duró más de siete años de sustanciación, en los que el pequeño fue citado 37 veces a declarar y revivir una y otra vez lo que le pasó: “Lo revictimizaron incansablemente”, cuestionó Gallego.
Gallego explicó que uno de los dibujos que realizó el niño, donde se grafica a un hombre exhibiendo sus genitales, fue incorporado como prueba al debate del juicio que condenó a Memo Gray y que el pequeño hizo en terapia con una licenciada en psicología: “los dibujos fueron aportados al debate de la causa y fue incorporado por el tribunal”.
Así las cosas, tras los hechos ocurridos en 2014 cuando la víctima convivía con el acusado, su abuelo “Memo”, su abuela materna, Mónica Almonacid y su progenitoria, Mónica María Gray Almonacid quien el próximo 26 de mayo fue citada a prestar declaración indagatoria por la Fiscalía de Instrucción Especializada en Delitos contra la Integridad Sexual acusada de encubrimiento agravado por el vínculo en la causa iniciada en 2017: “Gray Mónica María sobre encubrimiento (Art. 277 Inc. 1°). Expediente: 20763/2017”.
Por qué la madre es acusada de encubrimiento agravado
El letrado Gallego, que es reconocido también por haber sido patrocinante de las víctimas del sacerdote cura Raúl Sidders en el colegio San Vicente de Paul de La Plata, fundamentó que la madre del niño abusado, Mónica Gray tuvo una participación “de complicidad absoluta con el condenado y acaban de convocarla a prestar declaración indagatoria el 26 de mayo por encubrimiento agravado por el vínculo”.
El especialista en Derecho Internacional de los Derechos Humanos, Derechos del Niño, Abuso Sexual Infantil, Políticas de Género, Criminal Law y Nuevas Tecnologías, opinó además: “Hasta la propia terapeuta de Mónica Gray dijo en el juicio que ella no podía romper la telaraña relacional del vínculo con su padre y que por eso participaba de esta situación” y sostuvo: “En el alegato donde pedí la condena manifesté que esta mujer sin dudas tuvo las responsabilidades penales que hoy está la justicia resolviendo. Es parte del tendal de víctimas que dejó Guillermo Gray en el clan familiar que se consideraba impune y que arrastró al silencio y la colaboración a sus familiares convivientes. Llevarlos a esta vida espantosa de abuso de un chiquito y llevarlos a mentir a un debate oral”.
En cierta manera, analizándolo desde la psicología, “indudablemente este hombre dejó un tendal de víctimas, al punto tal que las mismas no reaccionan, atándose a la suerte de un abuelo condenado que está preso por el abuso sexual de su nieto”.
Gallego también recordó que el abusador condenado “la sacrificó –a Mónica Gray- en posición de su estrategia, confiando en su impunidad, y la puso en un lugar protagónico de mentiras y de agresiones en la que incluso violentó a periodistas que cubrían la causa”.
A su vez, el letrado comentó que en la actualidad Mónica Gray no tiene la patria potestad del menor por la gravedad de los hechos por los que se la acusa: “no ejerce cuidado personal, ni tiene régimen de visitas, tampoco la mujer hace aportes de régimen alimentario que, por su puesto nada se lo prohíbe. Se ha desentendido absolutamente de su hijo”.
Además, declaró Gallego, a raíz de manifestaciones que hizo públicamente, la hija del abusador “busca justificar su nulidad en su rol de madre y se solidariza con Memo Gray, omitiendo que su padre fue condenado”.
En caso de que Mónica Gray sea declarada penalmente responsable del delito de encubrimiento agravado, atento a la gravedad del delito precedente que impone el caso incrementar el máximo de la pena, deberá afrontar al menos una condena de cinco años de cárcel, con prisión efectiva.
“Ella juega un rol de sacrificio por el padre. El pobre nene, con cuatro años, contó en Cámara Gesell que el abuelo “Memo” le hacía cosas y le metía el dedo en la cola. Narró que él le contaba a la madre y que ella no le creía”, todo ello pasaba, mientras la madre y el menor convivían en la misma casa del abusador
“Estos hechos ocurría estando su propia mamá en la misma casa. El niño pedía auxilio y su progenitora no lo ayudaba. Cuando el pequeño comenzó a exteriorizar esta situación a su familia paterna, que descubrió primero golpes en piernas y brazos, y luego lesiones anales, se desencadenó todo”, aseveró.
El titular de la querella fue contundente: “El nene primero, lógicamente, buscaba la protección de la mamá porque todo esto ocurría en el domicilio materno. Estos clanes familiares, que se sienten intocables, nunca pensaron ni en el peor de los escenarios que se produjera una condena. Esta gente pensaba que tenían una impunidad asegurada. Por todo ello, hoy salió una resolución judicial donde citan a Mónica Gray a declaración indagatoria”.
En referencia a la abuela materna, analizó Gallegó, “tenía una actitud pasiva y sumisa. Parecía una mujer sometida al macho. Fue a mentir y poner su cabeza en el juicio pero con menos virulencia que su hija. Incluso ella admitió que su esposo tenía mecanismos violentos con el nene”.
Mónica Gray “da un perfil más semajante al del padre. Es una persona muy agresiva. Ella tomó una posición activa en defensa del abusador condenado. Hizo todo para favorecer al padre y lo continúa haciendo. No tiene frenos inhibitorios, cree que todo sigue igual, que el padre sigue siendo Director de Obras Públicas”.
“No quiero quedarme solo con la mamá. Quiero quedarme a vivir solo con el papá y no con la mamá porque la mamá me llevaba con una persona muy mala que se llama Memo. Memo es una persona muy mala. Me hacía cosas muy malas”, este fue el relato del propio chico en Cámara Gesell, donde surgió que los abusos por parte de su abuelo materno eran sistemáticos y se prolongaron en el tiempo- que hasta su propio perito de parte del condenado aceptó que el hombre le pegaba al nene y que además se aportó “la producción gráfica y los dibujos del niño que confirman y condicen con su relato” y que constan en el expediente judicial.

En la investigación el niño declaró con sus recursos e increpó a la mamá para contarle lo que le hacía su abuelo: “No me han sacado de Memo. Me han entregado a Memo para que me haga las cosas feas que me hizo… Memo me lo hizo. Mi abuelo Memo”.
También en Cámara Gesell, el niño había declarado: “Memo es una persona muy mala. Me hacía cosas muy malas. Me retaba, me metía el dedo en la cola, me apretaba el brazo, me ponía de plantón”.
Este caso marcara un antes y un después en los tribunales del país y la sociedad tucumana espera que el condenado, Guillermo Ernesto “Memo” Gray, cumpla su pena sin privilegios, en una cárcel común.
Fuente: Los Primeros


