Hoy salió publicada en el Boletín Oficial la resolución 1/2019 que establece un nuevo Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo. Esta guía de procedimientos sistematiza una práctica para ser aplicada en todo el territorio nacional. Qué dice la norma que será una herramienta técnica para los equipos de salud, según el marco jurídico argentino vigente
La resolución 1/2019 establece que el protocolo “tiene como objetivo ofrecer una guía a los equipos de salud para que cumplan con su responsabilidad” en el caso de abortos no punibles. “Se basa en la mejor evidencia científica disponible y en la experiencia de implementación de versiones anteriores de protocolos nacionales y provinciales”, indica el documento publicado en el Boletín Oficial.

“El mismo está orientado por los objetivos que una política sanitaria en este campo debe seguir: garantizar los derechos sexuales y los derechos reproductivos de las personas y los derechos de pacientes; basarse en evidencia científica actualizada; proteger y acompañar a los equipos de salud como responsables de atender la salud de la población; y orientarse por el principio de equidad para llevar las mejores prácticas a quienes más las necesitan”, detalla el documento.
“Desde el punto de vista clínico, el protocolo incorpora las recomendaciones internacionales acerca de los procedimientos para la interrupción legal del embarazo -dosis de medicamentos y aspiración manual endouterina (AMEU)- y refuerza la importancia del acceso rápido a la atención integral, reforzando la necesidad de resolución en el primer nivel de atención y en los tratamientos con medicamentos“, apunta la publicación.
El documento, de 79 páginas, remarca la diversidad de género: “El derecho a ILE, establecido en el art. 86 del Código Penal, corresponde a toda las personas con capacidad de gestar (niñas, adolescentes, mujeres, varones trans, personas no binarias, etc.)”.
Establece que debe prevalecer la decisión de la persona ante la posición de los médicos e incluye a la violencia obstétrica como una forma de violencia de género. En cuanto a la aplicación, determina que “para la realización de una ILE nunca es exigible la denuncia policial o judicial de violación”.
Aquí el detalle de los contenidos de las cinco partes que conforman las 79 páginas:
1- Interrupción legal del embarazo: derechos de las personas y responsabilidades de sistema de salud
-Contexto del aborto en la Argentina
-Marco jurídico y causales
-Quienes pueden solicitar una ILE
-Atención en el sistema de salud
2- Abordaje del equipo de salud
-Encuadre de la atención
-Vínculo y comunicación
-Conserjería
-Historia clínica
-Evaluación médica
3- Procedimiento para realizar la interrupción del embarazo
– Vacunación e isoinmunización
-Manejo del dolor
-Opciones terapéuticas de evacuación uterina: tratamiento medicamentoso y aspiración de vacío
-Indicaciones para el cuidado posterior al procedimiento y para el alta
4- Anticoncepción pos interrupción del embarazo
-Criterios y pautas para la anticoncepción pos aborto
-Situaciones particulares a tener en cuenta
– Recomendaciones para la conserjería
5- Anexos
– Modelo de consentimiento para ILE
– Modelo de Declaración jurada (Causal violación)
El decreto del Poder Ejecutivo Nacional
El protocolo ILE: guía de procedimiento


