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jueves, febrero 5, 2026
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Acuerdo entre UTA y FATAP

La Unión Tranviarios Automotor (UTA) y la Federación Argentina de Transportadores por Automotor de Pasajeros (FATAP) llegaron a un acuerdo y garantizaron el servicio.

Las partes acuerdan el pago por única vez, de una gratificación no remunerativa, no regular ni habitual de $25.000, la que será abonada en dos cuotas, la primera de ellas por $10.000 el día 20 de septiembre y la segunda por $15.000 el día 14 de octubre de 2022, para el personal de conducción, en forma proporcional para el resto de las categorías de trabajadores y proporcional al tiempo trabajado, que presten servicios en empresas representadas por la FATAP.

Además se comprometen a continuar reuniones en el ámbito del Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social de la Nación durante la semana próxima, a fin de determinar los haberes de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2022.

Las partes acuerdan asimismo que sobre las sumas convenidas con carácter no remuneratorio habrá de realizarse el aporte a cargo de los trabajadores comprendidos en la obra social de la UTA O.S.C.T.C.P. (3%), cuota sindical (1,5%) y promoción social ( 1 %) para aquellos afiliados a la UTA. Asimismo, se conviene el pago de una contribución extraordinaria a favor de la Obra social de la UTA (O.S.C.T.C.P.) a cargo de las empresas empleadoras equivalente 2,5% calculado sobre cada cuota convenida en la cláusula tercera del presente acuerdo.

FATAP también manifestó que los pagos comprometidos en el presente Acuerdo serán efectuados siempre y cuando las empresas representadas por FATAP perciban efectivamente de las jurisdicciones las acreencias provenientes del Fondo Compensador del Transporte y de los acuerdos celebrados entre aquellas y el Estado Nacional, y en los plazos que el cumplimiento de las obligaciones asumidas en el Acuerdo lo requiera, y en especial se desembolsen y acrediten efectivamente en las cuentas de las empresas nucleadas en la FATAP, la totalidad de los aportes comprometidos por el Ministerio de Transporte de la Nación por el monto que le correspondiera conforme al método de distribución fijado en ellas, antes del día 20/09/22 par cumplimiento de la cuota correspondiente al mes septiembre de 2022 y antes del día 14/10/2022 para el cumplimiento de la cuota correspondiente al mes de octubre de 2022.

Las tarifas vigentes en las distintas jurisdicciones sean efectivamente actualizadas con estricto apego a los sistemas que localmente se empleen para ello, en función de las normas, pliegos y contratos de concesión aplicables.

Se prorrogue y mantenga el acuerdo relativo a la aplicación del art. 223 bis para el período enero-diciembre 2022. Asimismo, FATAP manifiesta, en directa aplicación del art. 63 de la Ley de Contrato de Trabajo y art. 961 del Código Civil Y Comercial de la Nación, que los pagos comprometidos en el presente acuerdo por parte de las empresas nucleadas en las entidades que la conforman, se encuentra supeditada Y condicionada a que se verifique la observancia de los compromisos y condiciones que se establecen en la presente cláusula, y serán abonadas a los trabajadores en la misma medida y proporción en que aquellos fondos les fueran efectivamente liquidados y transferidos.

Fuente telefe

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