El fiscal federal Marcelo Colombo apeló el sobreseimiento que se dictó en favor de la vicepresidenta Cristina Kirchner y el resto de los acusados en la causa del Memorándum con Irán y pidió que la Cámara Federal de Casación avance hacia el juicio oral.
“La decisión que se recurre privó arbitrariamente a las partes acusadoras, pero también a la sociedad en su conjunto -dado el tan público como innegable interés que este caso generó desde su comienzo- de que las evidencias que lo sustentaron durante la instrucción y las que posiblemente podrían haberse generado en cualquier sentido posible en el espacio propio de un debate oral, fueran públicamente ponderadas de cara a la sociedad”, sostuvo la fiscalía en el escrito al que accedió el medio Infobae.
Si bien ya lo habían hecho las querellas de la DAIA y los familiares de las víctimas, la presentación del Ministerio Público se suma a los cuestionamientos sobre la resolución tomada por el Tribunal Oral Federal 7, en el marco de una serie de audiencias para pedir nulidades por las reuniones de dos jueces de Casación con el ex presidente Mauricio Macri y derivaron en la conclusión de que no podía avanzarse hacia el juicio oral porque el Memorándum con Irán no había constituido delito.
“La resolución indicada resulta arbitraria porque clausura el caso sin atravesar la instancia de debate oral y público. También porque para así resolver tomó en cuenta una regla procesal -la del artículo 361 del CPPN- que no autoriza a actuar como Vuestras Excelencias lo hicieron, en tanto la prueba que se valoró no puede ser calificada como prueba nueva, desde que había sido ya agregada a las constancias de la instrucción judicial”, sostuvo el fiscal Colombo.
Ese, dijo, “el núcleo central del planteo que lleva implícito como consecuencia de arrastre una violación a las reglas del debido proceso penal, que dejó a las partes acusadoras sin la posibilidad de producir, controlar y valorar las pruebas ofrecidas y aceptadas por el tribunal, para su desarrollo en el marco de un juicio oral y público”.
Y añadió: “luego de sustanciar durante tres años y seis meses la etapa preparatoria para el debate oral y público, y dictar una sucesión de actos procesales dirigidos a celebrarlo, el tribunal en pleno, sin ningún elemento de prueba nuevo y habiéndose ya superado la instancia de control que impone el art. 354 del CPPN, resolvió que el memorándum no era un instrumento idóneo o apto para producir una ayuda a la situación procesal de los imputados. En otras palabras, que la conducta desplegada no era objetivamente típica del delito de encubrimiento ni de estorbo a la función pública, ni de ninguna otra figura penal”.
El 7 de octubre pasado, el Tribunal Oral Federal 8 dictó sobreseimientos, al entender que no fue un delito el pacto entre Argentina e Irán, firmado en 2013, con el fin de interrogar a los iraníes sospechosos de haber organizado el atentado contra la AMIA. “El Memorándum, más allá de se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó delito”.
El sobreseimiento no fue solo para la vicepresidenta. La decisión alcanza además al resto de los acusados, entre los cuales el Procurador del Tesoro Carlos Zannini, el viceministro de Justicia Juan Martin Mena, el ministro bonaerense Andrés Larroque o el senador Oscar Parrilli, el piquetero Luis D’Elía junto al ex funcionario de Cancillería y hoy embajador Eduardo Zuain y la ex procuradora del Tesoro Angelina Abbona, entre otros.
fuente: La voz



